Pensión por Fallecimiento
Tendrán derecho a las prestaciones a que se refiere este Título, los beneficiarios de los afiliados al Instituto de Previsión Militar fallecidos, que están comprendidos en los casos siguientes:
- Requisitos
Viudez:
• 1. Solicitud dirigida al señor Gerente del IPM (se llena en el Departamento de Prestaciones).
• 2. Certificación de Defunción, extendida por el Registro Nacional de las Personas (RENAP), original, no mayor de 6 meses.
• 3. Certificación de nacimiento del cónyuge sobreviviente, extendida por el Registro Nacional de las Personas (RENAP), original, con las anotaciones de su matrimonio (e identificación de persona, si tuviere), original, no mayor de 6 meses.
• 4. Certificación de matrimonio extendida por el Registro Nacional de Personas (RENAP), original, no mayor de 6 meses, que indique el CUI de los contrayentes.
• 5. Fotocopia de DPI del beneficiario, vigente.
• 6. Fotocopia del carné de número de identificación tributaria (NIT) del beneficiario.
• 7. Documento que acredite número de cuenta de ahorro o monetaria activa, constituida en G&T Continental o Banrural, a nombre del afiliado (no mancomunada) Ej. Copia de cheque o libreta de ahorro.
Viudez y Orfandad:
• 1. Solicitud dirigida al señor Gerente del IPM (se llena en el Departamento de Prestaciones).
• 2. Certificación de Defunción, extendida por el Registro Nacional de las Personas (RENAP), original, no mayor de 6 meses.
• 3. Certificación de nacimiento del cónyuge sobreviviente, extendida por el Registro Nacional de las Personas (RENAP), original, con las anotaciones de su matrimonio (e identificación de persona, si tuviere), original, no mayor de 6 meses.
• 4. Certificaciones de Nacimiento de los Hijos Menores de edad del afiliado fallecido, original, no mayor de 6 meses, extendida por el Registro Nacional de las Personas (RENAP).
• 5. Certificación de matrimonio extendida por el Registro Nacional de Personas (RENAP), original, no mayor de 6 meses, que indique el CUI de los contrayentes.
• 6. Fotocopia de DPI del cónyuge sobreviviente, vigente.
• 7. Fotocopia del carné de número de identificación tributaria (NIT) del cónyuge sobreviviente.
• 8. Documento que acredite número de cuenta de ahorro o monetaria activa constituida en G&T Continental o Banrural, a nombre del afiliado (no mancomunada) Ej. Copia de cheque o libreta de ahorro.
Orfandad (Hijos Menores):
• 1. Solicitud dirigida al señor Gerente del IPM (se llena en el Departamento de Prestaciones).
• 2. Certificación de Defunción, extendida por el Registro Nacional de las Personas (RENAP), original, no mayor de 6 meses.
• 3. Certificación de nacimiento del progenitor sobreviviente de los menores, extendida por el Registro Nacional de las Personas (RENAP), original, no mayor de 6 meses.
• 4. Certificaciones de Nacimiento de los Hijos Menores de edad del afiliado fallecido, original, no mayor de 6 meses, extendida por el Registro Nacional de las Personas.
• 5. Fotocopia de DPI del progenitor sobreviviente, vigente
• 6. Fotocopia del carné de número de identificación tributaria (NIT) del progenitor sobreviviente.
• 7. Documento que acredite número de cuenta de ahorro o monetaria activa, constituida en G&T Continental o Banrural, a nombre del afiliado (no mancomunada) Ej. Copia de cheque o libreta de ahorro.
Orfandad (Hijos mayores inválidos/incapacitados)
El monto de la Pensión por Viudez será del noventa por ciento (90%) del promedio del sueldo asegurado devengado durante los últimos veinticuatro meses o de la pensión que de conformidad con esta Ley disfrute el causante al momento de su fallecimiento si no tuviere hijos menores o legalmente incapaces. Si hubiere hijos menores o mayores legalmente incapaces, se distribuirá la prestación en la forma siguiente:
- Requisitos
a) Hijos mayores, inválidos e incapaces:
1. Solicitud de pensión por orfandad (hijos mayores inválidos e incapaces) presentada por tutor, dirigida al Gerente del IPM (se llena en el Departamento de Prestaciones).
2. Certificación de Defunción, extendida por el Registro Nacional de las Personas (RENAP), original, no mayor de 6 meses.
3. Certificación de nacimiento del representante legal de los hijos mayores de edad inválidos e incapaces, extendida por el Registro Nacional de las Personas, vigente, no mayor de 6 meses.
4. Certificación de nacimiento de los hijos mayores de edad inválidos e incapaces, extendida por el Registro Nacional de las Personas, vigente, con las anotaciones respectivas, no mayor de 6 meses.
5. Certificación de interdicción, extendida por el Registro Nacional de las Personas, vigente, no mayor de 6 meses (cuando aplique).
6. Certificación original de fallo judicial, que declare el estado de interdicción cuando fuera aplicable al caso concreto.
7. Certificación del acta de discernimiento del cargo del tutor, emitida por la autoridad judicial competente, cuando sea aplicable al caso concreto.
8. Fotocopia del Documento Personal de Identificación (DPI), del representante legal de los hijos mayores de edad inválidos e incapaces, vigente.
9. Fotocopia de Número de Identificación Tributaria (NIT) del representante legal de los hijos mayores de edad inválidos e incapaces.
10. Documento que acredite el número de cuenta de ahorro o monetaria constituida de Banrural, G&T Continental o del CHN, de la viuda o del representante legal de los hijos mayores de edad inválidos e incapaces.
b) Si el afiliado falleció de alta, también adjuntar:
1. Certificación de nacimiento del causante, extendida por el Registro Nacional de las Personas, vigente, no mayor de 6 meses.
2. EN CASO DE OFICIALES: Registro de Servicios No. 1 (hoja matriz) debidamente, cerrada, sellada y firmada por la Jefatura del Estado Mayor de la Defensa Nacional.
3. EN CASO DE ESPECIALISTAS: Certificación de Servicios extendida por el Servicio de Ayudantía General del Ejército de Guatemala.
4. EN CASO SE SOLICITE EL PAGO DE SEGURO DOTAL POR FALLECIMIENTO: Presentar.
Documentos Adicionales a Presentar:
C1.1) CASOS DE OFICIALES Y ESPECIALISTAS QUE FALLECEN ESTANDO DE ALTA:
• Certificación de nacimiento, extendida por el Registro Nacional de las Personas (RENAP), original, con las anotaciones de su matrimonio (e identificación de persona, si tuviere), original, no mayor de 6 meses.
• OFICIALES: Registro de Servicios No. 1 (hoja matriz) debidamente, cerrada, sellada y firmada por la Jefatura del Estado Mayor de la Defensa Nacional.
• ESPECIALISTAS: Certificación de Servicios extendida por el Servicio de Ayudantía General del Ejército de Guatemala.
• EN CASO SE SOLICITE EL PAGO DE SEGURO DOTAL POR FALLECIMIENTO: Adjuntar duplicado de la Póliza de Seguro Dotal o fotocopia legalizada por notario.
C1.2) CASOS DE OFICIALES Y ESPECIALISTAS QUE FALLECEN ESTANDO DE JUBILADOS:
• Certificación de nacimiento, extendida por el Registro Nacional de las Personas (RENAP), original, con las anotaciones de su matrimonio (e identificación de persona, si tuviere), original, no mayor de 6 meses.
• OFICIALES: Registro de Servicios No. 1 (hoja matriz) debidamente, cerrada, sellada y firmada por la Jefatura del Estado Mayor de la Defensa Nacional.
• ESPECIALISTAS: Certificación de Servicios extendida por el Servicio de Ayudantía General del Ejército de Guatemala.
• EN CASO SE SOLICITE EL PAGO DE SEGURO DOTAL POR FALLECIMIENTO: Adjuntar duplicado de la Póliza de Seguro Dotal o fotocopia legalizada por notario.